Concepto de autonomía personal.

dc.creatorConsejo Nacional de Personas con Discapacidad (Conapdis)
dc.date.accessioned2025-11-25T17:52:13Z
dc.date.issued2020
dc.description.abstractDefine la autonomía personal, como el derecho a construir un proyecto de vida independiente y controlado, afrontando, tomando y ejecutando decisiones en los ámbitos, público y privado, así como respetando la manera de pensar y decidir. Lo anterior, amparado por el paradigma de vida independiente, tal como es promovido por los colectivos de las personas con discapacidad. Igualmente señala, que el ejercicio de la autonomía personal involucra otros derechos, tales como: Tomar las decisiones que afectan la vida personal, la capacidad de elegir donde vivir y cómo hacerlo, como desarrollar las actividades básicas de la vida diaria, entre otras preferencias propias. Posteriormente, expone como se originó la Ley número 9379 para la Promoción de la Autonomía Personal de las Personas con Discapacidad, a partir de la Ley número 8661, Convención sobre los Derechos de las Personas con discapacidad, y detalla en las medidas establecidas en la Ley para la Promoción de la Autonomía Personal, con el fin de promover y asegurar a las personas con discapacidad, el ejercicio pleno, y en igualdad de condiciones con los demás, de ejercer el derecho a su autonomía. Lo anterior, mediante la instauración de dos figuras: el garante para la igualdad jurídica y el asistente personal humano. Continúa citando los apoyos que el Estado debe ofrecer para asegurar la autonomía personal de las personas con discapacidad, los cuales son: Asistente personal para actividades de la vida diaria, Garante para la igualdad jurídica y el Acceso a productos y servicios de apoyo. Adicionalmente, informa cual es el proceso para obtener el apoyo de un asistente para la vida diaria, cual es el mecanismo legal para nombrar una persona, como garante para la igualdad jurídica, el concepto de salvaguardia en la Ley para la Promoción de la Autonomía Personal y las obligaciones de quien sea nombrado como garante para la igualdad jurídica. Finalmente reflexiona en torno al derecho de las personas con discapacidad a recibir productos y servicios de apoyo que les faciliten el ejercicio de la autonomía personal. Asimismo, comunica que dichos productos y servicios deben ser proporcionados por el Consejo Nacional de Personas con Discapacidad (Conapdis), luego de un estudio previo, institución pública, promotora y facilitadora de todo el proceso descrito.
dc.format.extent10 minutos, 25 segundos. 498 MB
dc.format.extentMP4
dc.identifier.urihttps://repositoriodigital.conapdis.go.cr/handle/123456789/376
dc.identifier.urihttps://www.youtube.com/watch?v=6RoKA-FpD_4
dc.language.isoes
dc.rights.licensehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/deed.es
dc.subjectASISTENTE PERSONAL HUMANO
dc.subjectAUTONOMIA PERSONAL
dc.subjectCONVENCION INTERNACIONAL DE NACIONES UNIDAS SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
dc.subjectDISCAPACIDAD EN COSTA RICA
dc.subjectDERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
dc.subjectGARANTE PARA LA IGUALDAD JURÍDICA
dc.subjectLEY 9379 PARA LA PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
dc.subjectOBLIGACIONES DEL ESTADO
dc.subjectSALVAGUARDIAS
dc.subjectVIDA INDEPENDIENTE
dc.subjectPARADIGMA DE LA AUTONOMÍA PERSONAL
dc.subjectLAW/JURISPRUDENCE::Public law::Social welfare law
dc.titleConcepto de autonomía personal.
dc.typeVideo

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